11.11.12

Costa Rica, La Constitución y los Homosexuales



Costa Rica
Hace apenas unos meses un grupo de diputados opositores costarricenses presentó un proyecto para reformar la Constitución con el objeto de que Costa Rica deje de ser un estado confesional católico. La diputada del Partido Acción Ciudadana de centro-izquierda María Eugenia Venegas explicó en una rueda de prensa que la mayor reforma recaería sobre el artículo 75 de la Carta Magna costarricense. Este artículo establece que «la religión católica, apostólica romana, es la del Estado». Claro esta la centro derecha se opone a esto.

El caso de Costa Rica es muy particular pues es una verdadera Democracia Cristiana. ¿Que significa esto? En primer lugar que es una Democracia moderna con todo lo que ello implica: elecciones libres, parlamento, presidente, separación de poderes, libertad de prensa, de reunión, de expresión ,etc., etc., en fin todas lo que conlleva ser una democracia moderna al estilo de Francia, Canadá, Alemania, Inglaterra, etc.
Pero como es estado confesional Católico esto también significa que el estado tiene una religión oficial y por lo tanto aunque el parlamento y el Presidente aprueben una ley amoral que atente contra la doctrina Católica, la Constitución automáticamente deja como nula y sin valor esa ley. En otras palabras el estado esta protegido por la Constitución de toda ley que atente contra la Fe Católica: aborto, eutanasia, el mal llamado matrimonio entre homosexuales, etc.
Esto de ninguna manera atenta contra la autentica libertad religiosa, esto es la no cohesión del estado sobre los ciudadanos para forzarlos al ateismo o a una religión en especifico puesto que la Constitución dice también que «el Estado … garantizará la libertad de conciencia y la de profesar cualquier religión dentro del marco de la ley».
La verdad es que la doctrina Católica prohíbe terminantemente el proyecto que la diputada Vegenas impulsa. Esto así porque la Iglesia prohíbe de manera rotunda y sin excepciones que un estado protegido de leyes amorales por ser confesional Católico pase a ser estado ateo o “neutro” desprotegido de leyes amorales contrarias a la moral Católica que puedan facilitar el escándalo y la condenación eterna de los ciudadanos del estado.
Dice el Catecismo de la Iglesia Católica:
–2105 El deber de rendir a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmenteconsiderado. Esa es ‘la doctrina tradicional católica sobre el deber moral de los hombres y de las sociedades respecto a la religión verdadera y a la única Iglesia de Cristo’ (DH 1). Al evangelizar sin cesar a los hombres, la Iglesia trabaja para que puedan ‘informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras de la comunidad en la que cada uno vive’ (AA 13). Deber social de los cristianos es respetar y suscitar en cada hombre el amor de la verdad y del bien. Les exige dar a conocer el culto de la única verdadera religión, que subsiste en la Iglesia católica y apostólica (cf DH 1). Los cristianos son llamados a ser la luz del mundo (cf AA 13). La Iglesia manifiesta así la realeza de Cristo sobre toda la creación y, en particular, sobre las sociedades humanas.
–2109 El derecho a la libertad religiosa no puede ser de suyo ni ilimitado, ni limitado solamente por un ‘orden público’ concebido de manera positivista o naturalista. Los ‘justos límites’ que le son inherentes deben ser determinados para cada situación social por la prudencia política, según las exigencias del bien común, y ratificados por la autoridad civil según ‘normas jurídicas, conforme con el orden objetivo moral’ (DH 7).
La doctrina Católica si permite todo tipo de cambio, reforma, modificación, y “transición” siempre y cuando se respete la confesionalidad Católica del estado. Pero bajo ningún concepto o excusa, sin excepción alguna, y nunca jamás, se puede pasar de ser estado Católico, protegido de leyes amorales, a estado ateo o “neutro” desprotegido de leyes amorales contrarias a la moral católica.
El promover o cooperar de cualquier manera a la transición de un estado de orden objetivo moral protegido en su fundación legal contra leyes amorales hacia un estado ateo, naturalista/positivista es un gran escándalo publico que puede llevar a millones de almas a la perdición eterna. Esto dice el Catecismo de la Iglesia Católica:
–2286 El escándalo puede ser provocado por la ley o por las instituciones, por la moda o por la opinión. Así se hacen culpables de escándalo quienes instituyen leyes o estructuras sociales que llevan a la degradación de las costumbres y a la corrupción de la vida religiosa, o a ‘condiciones sociales que, voluntaria o involuntariamente, hacen ardua y prácticamente imposible una conducta cristiana conforme a los mandamientos’.
–2287 El que usa los poderes de que dispone en condiciones que arrastren a hacer el mal se haceculpable de escándalo y responsable del mal que directa o indirectamente ha favorecido. ‘Es imposible que no vengan escándalos; pero, ¡ay de aquél por quien vienen!’ (Lc 17, 1).
España tuvo hasta 1977 un estado Confesional Católico protegió de toda ley amoral contraria a la moral Católica como el aborto. Pero en 1977 el estado se convirtió en uno ateo “neutro” desprotegido de leyes amorales que llevan al escándalo y facilitan la perdición eterna de los ciudadanos. El fallo reciente del Tribunal Constitucional con respecto al mal llamado “matrimonio” homosexual es prueba concreta de esto.
Por lo tanto la responsabilidad directa por el escándalo publico, por ir contra la doctrina inviolable y eterna de la Iglesia, y por contribuir a la amoralidad y posible condenación eterna de millones de ciudadanos cae directamente sobre los que idearon, maquinaron, y impulsaron y firmaron esa transición de estado confesional a estado ateo “neutro".
Es oportuno meditar en Costa Rica, los homosexuales y la Constitución. Es hora de modificar el articulo 16 de la Constitución.
Leo Cristiani
http://infocatolica.com/blog/apologeticamundo.php/1211101221-costa-rica-la-constitucion-y#more18204

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